Manos sucias, el poder contra la justica by Joaquín Navarro Estevan

Manos sucias, el poder contra la justica by Joaquín Navarro Estevan

autor:Joaquín Navarro Estevan [Navarro Estevan, Joaquín]
La lengua: spa
Format: epub
publicado: 1994-12-31T23:00:00+00:00


El Tribunal Constitucional admite buena parte del «corcuerazo»

Si en la llamada lucha antiterrorista se subvierten y corrompen principios y garantías constitucionales y legales en nombre de la eficacia policial, que se convierte en un poder judicial fáctico, parapetado en la teórica judicialización de su actividad, la lucha contra el narcotráfico no tenía por qué, renunciar a su «chacrita» de Derecho emergente y de excepción, con un poder policial efectivo. Los ex ministros Barrionuevo y Ledesma —apoyados y ayuntados por González— habían perfilado aquel Derecho extraordinario contra el terrorismo. Los ministros Corcuera y De la Quadra —también con el apoyo y la bendición de González— tenían ante sí la gigantesca empresa de proteger la seguridad ciudadana frente al narcotráfico y, de paso, frente a las propias exigencias de la legalidad y la seguridad jurídica.

Pocas leyes han tenido en nuestro país tanta resonancia pública en el camino hacia su vigencia. En pocas ocasiones se han suscitado debates públicos tan enconados ante lo que suponía uno de los mayores atentados posibles contra el Estado de Derecho, ya tan acosado por la droga de la seguridad pública (que después resultó, más que otra cosa, seguridad personal para ciertos gobernantes) y por la clara preferencia del orden sobre la libertad. En ninguna ocasión será dable presenciar el espectáculo de un ministro de Interior diciendo tantas barbaridades públicas en defensa de «su» ley y en descrédito de los jueces y juristas «militantes» contra ella. Llegó a decir que sólo las personas no honradas tenían algo que temer. No sabía que así se presentó la Ley de Orden Público de 1959: «Ninguna persona honrada tiene nada que temer». Algunas coincidencias son muy perturbadoras.

El espectáculo de los juristas «orgánicos» decantando los preceptos más hostiles a la Constitución para maquillarlos adecuadamente llegó a ser fascinante. Los ministros Corcuera y De la Quadra encontraron muy pronto una colaboración excelsa: la del Defensor del Pueblo Alvaro Gil-Robles. Llegaron entre todos a fórmulas que, por su retorcimiento e inanidad, envidiaría el mismísimo fray Gerundio de Campazas, alias «el Zotes». Aquello del «conocimiento fundado por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que les lleve a la constancia de que se está cometiendo o se acaba de cometer un delito» era un verdadero hallazgo. Sustituía toda la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional sobre la flagrancia y las garantías de la inviolabilidad del domicilio. Pero el Defensor del Pueblo aseguró que era constitucional, como el resto de la ley, y que por tanto no la recurriría ante el Tribunal Constitucional. Esto de los defensores del pueblo que en ocasiones especiales se convierten en defensores del Gobierno es un episodio no insólito en nuestro país. Hasta los canonistas más conservadores hubiesen rechazado el concepto de flagrancia establecido por Corcuera. Con su finura jurídica habitual, los expertos de la Iglesia hablaban de flagrancia en el adulterio cuando se encontraba a la pareja in ipsa turpitudinem, y la torpeza flagrante consistía en sorprenderlos cuando estaban «uno y una, solo y sola, desnudo y desnuda, en el mismo lecho».



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