El Capital (P. Scaron) Libro tercero, Vol. 8 by Karl Marx

El Capital (P. Scaron) Libro tercero, Vol. 8 by Karl Marx

autor:Karl Marx [Marx, Karl]
La lengua: spa
Format: epub
Tags: Ensayo, Ciencias sociales
editor: ePubLibre
publicado: 1894-01-01T05:00:00+00:00


IV) La renta dineraria (70)

Entendemos aquí por renta en dinero —a diferencia de la renta del suelo, comercial o industrial, basada en el modo capitalista de producción, que sólo constituye un excedente por encima de la ganancia media— la renta emanada de una mera trasmutación formal de la renta en productos, del mismo modo que esta misma era sólo la renta en trabajo transformada. En este caso, el productor directo debe abonarle a su terrateniente (independientemente de que éste sea el estado o un particular) el precio del producto en lugar del producto mismo. Por consiguiente ya no basta un excedente del producto en su forma natural, sino que debe ser convertido de esta forma natural a la forma dineraria. Pese a que el productor directo [1014] prosigue produciendo personalmente cuando menos la mayor parte de sus medios de subsistencia, debe transformar ahora una parte de su producto en mercancía, debe producirlo como mercancía. En consecuencia, el carácter de todo el modo de producción se modifica en mayor o menor grado. Dicho modo de producción pierde su independencia, su separación con respecto al contexto social. Se torna decisiva la relación de los costos de producción, en los que entran ahora mayor o menor cantidad de desembolsos de dinero; en todo caso se torna decisivo el excedente de la parte del producto bruto destinada a ser convertido en dinero por encima de la parte destinada a servir nuevamente, por un lado, como medio de reproducción, y por el otro, como medio directo de subsistencia. No obstante, la base de esta clase de renta, a pesar de acercarse a su disolución, sigue siendo la misma que en la renta en productos que constituye el punto de partida. El productor directo sigue siendo, como antes, poseedor hereditario o, de alguna otra manera, tradicional del suelo, y quien debe tributarle al terrateniente, en cuanto propietario de la tierra, de su condición de trabajo más esencial, un trabajo forzado excedentario, es decir, trabajo impago, efectuado sin equivalente, en la forma de plusproducto transformado en dinero. La propiedad de las condiciones de trabajo diferentes del suelo —aperos de labranza y demás bienes muebles— se transforma, ya en las formas primitivas, primeramente de hecho y luego también de derecho, en propiedad de los productores directos, y ello se presupone en mayor medida aún para la forma de la renta dineraria. La transformación de la renta en productos e la renta dineraria, que ocurre primeramente en forma esporádica, y luego en una escala más o menos nacional, presupone ya un desarrollo relativamente considerable del comercio, de la industria urbana, de la producción mercantil en general y, por ende, de la circulación dineraria. Presupone además un precio de mercado para los productos, y que los mismos se vendan, en mayor o menor grado, aproximadamente a su valor, caso que de ningún modo tiene por qué darse en las formas anteriores. En el este de Europa, en parte, aún podemos ver con nuestros propios ojos el curso de esta transformación.



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