La responsabilidad del superior a la luz del artículo 28 del Estatuto de la Corte Penal Internacional by Volker Nerlich

La responsabilidad del superior a la luz del artículo 28 del Estatuto de la Corte Penal Internacional by Volker Nerlich

autor:Volker Nerlich
La lengua: spa
Format: epub
ISBN: 9789587725711
editor: Universidad Externado de Colombia


8. CONCLUSIÓN

Al imponer la pena adecuada, las Salas de Primera Instancia de la CPI tendrán en cuenta el “grado de participación del condenado” así como el “grado de intencionalidad” –Regla 145(1)(c) de las Reglas de Procedimiento y Prueba de la CPI. Con respecto a la responsabilidad bajo el artículo 28 ECPI, el análisis previo puede materializarse en un enfoque que considere la modalidad de responsabilidad del superior (probada más allá de toda duda razonable) al imponer la pena.

Al condenar con base en la estructura de responsabilidad del superior con conocimiento antes del hecho, tanto el elemento objetivo como el subjetivo son similares a los de un colaborador en un delito de conformidad con el artículo 25(3)(c) ECPI ; el acusado puede responder por la conducta delictiva del subordinado y por la consecuencia injusta de la conducta. De este modo, no parece ni necesario ni apropiado atenuar la pena del superior mucho más toda vez que el superior es responsable (no como autor principal, pero sí como asistente en el delito de otra persona). El hecho de que el “colaborador” posea un deber específico según el derecho internacional de evitar delitos de sus subordinados en los casos de resposabilidad del superior puede incluso justificar una pena más grave que la de un colaborador que no es superior del autor principal 71.

Para las otras clases de responsabilidad del superior, la situación es diferente. El superior puede únicamente responder por la consecuencia injusta causada por el delito base, pero no por la conducta delictiva de los subordinados. La responsabilidad del superior es una responsabilidad paralela que contiene un elemento subjetivo reducido: la consecuencia ilícita es un resultado no intencional del incumplimiento del deber de actuar del superior. Por consiguiente, dependiendo de las circunstancias del caso, puede justificarse que la pena del superior sea más leve. La conclusión de la Sala de Primera Instancia del TPIY en Hadžihasanovi ć y Kubura esclarece un aspecto crucial del concepto de responsabilidad del superior que, en cierta medida, puede a su vez ser relevante para la interpretación y aplicabilidad del artículo 28 ECPI.



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