Historia de Roma. Libros I y II by Theodor Mommsen

Historia de Roma. Libros I y II by Theodor Mommsen

autor:Theodor Mommsen [Mommsen, Theodor]
La lengua: spa
Format: epub
Tags: Ensayo, Historia
editor: ePubLibre
publicado: 1855-12-31T16:00:00+00:00


ADMISIÓN COMÚN A TODOS LOS CARGOS PÚBLICOS

En el año 398 (356 a.C.) la dictadura se hizo también accesible al pueblo, que ya había sido admitido a las funciones de jefe de la caballería en el año que precedió a la votación de las Leyes Licinias, o sea en el 386 (368 a.C.). También fueron conquistados los cargos de censor y de pretor en los años 403 y 417 respectivamente (351 y 337 a.C.). Por último, por este mismo tiempo fue también cuando los nobles, privados ya de uno de los dos puestos consulares, perdieron además uno de los dos censorados. En vano en el año 427 (327 a.C.) un augur patricio quiso impedir una dictadura plebeya, y atribuir a la elección vicios que no estaban al alcance de los profanos; en vano, hasta en los últimos tiempos del período actual, el censor patricio prohibió a su colega plebeyo que tomase parte en las solemnidades del lustro (purificaciones religiosas y sacrificios) con que termina el censo. Todos estos miserables enredos sirvieron solo para patentizar el despecho de la nobleza, sin darle mayor poder. Por otra parte, el patriciado tenía el derecho de confirmar o rechazar las leyes de las centurias desde mucho tiempo antes, pero jamás se había atrevido a ponerlo en práctica. Hasta este mismo derecho le fue arrancado por las leyes Publilia y Mænia, que se remontan, la primera al año 415 (339 a.C.), y la segunda a mediados del siglo V de Roma (III a.C.); aunque de tal suerte que fue todavía llamado a dar su previa autorización, ya fuera que se tratase de un proyecto de ley o de una elección[220]. Es verdad que solo sería por una cuestión de forma por lo que se consultaría a la nobleza hasta en los últimos tiempos de la República. Fácil es de comprender que las familias defendieran por más tiempo sus privilegios religiosos, los que, en su mayor parte, quedaron intactos. Es verdad también que los flamines mayores, el rey de los sacrificios y las cofradías de los salios no tenían ninguna importancia política. Pero los colegios de pontífices y de augures, a causa de su influencia en los comicios y en las cosas del derecho, cuya ciencia poseían, no podían pertenecer exclusivamente al patriciado. La Ley Ogulnia, votada en el año 454 (300 a.C.), dio acceso a los plebeyos: aumentó hasta ocho el número de los pontífices y a nueve el de los augures, y dio a ambas órdenes un número igual de plazas en cada colegio.



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